A TENER EN CUENTA AL SOLICITAR LA DEVOLUCIÓN DE LAS CLÁUSULAS SUELO, POR PARTE DE HACIENDA
30.12.2016
Cuidado con Hacienda en las cláusulas suelo: Montoro revisará las deducciones de vivienda
¿Cómo se articulará la devolución de las cláusulas suelo?
El modo más cómodo para cobrar los reintegros de los bancos para el ciente, en caso de acuerdo o resolución judicial, será amortizando el principal pendiente del préstamo si sigue en vigor. De esta manera se evitaría regularizar la deducción por vivienda habitual de ejercicios anteriores.
Hacienda tiene su “parte del pastel” en el exceso de intereses cobrados en las hipotecas afectadas por las cláusulas suelo. De ahí que el ministro Cristóbal Montoro es uno de los miembros más activos sobre la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que dictaminó la pasada semana su retroactividad total. Ha indicado que “la Agencia Tributaria tendrá el papel que tiene que hacer cuando se producen este tipo de devoluciones”, por lo que asegura que “estará presente” en el desarrollo de los reintegros de los importes.
Pero teniendo en cuenta los criterios aplicados por la Agencia Tributaria, desde la sentencia del Tribunal Supremo de 2013 que consideró abusiva la fijación de cláusulas suelo, el impacto fiscal en los contribuyentes será limitado. Con carácter general, la devolución por parte del banco de los intereses pagados no supondrá rendimiento o ganancia, “aunque la casuística es enorme y hay que revisar bien cada caso en concreto, conviene tener presente cual es el criterio de Hacienda y que consecuencias fiscales puede tener la anulación de la cláusula suelo por sentencia judicial”, recuerdan desde la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf).
Regularización de las bases de deducción
Tendrá efecto para el contribuyente si los intereses pagados de más, una vez reconocidos, se han incluido en la deducción de los rendimientos del capital inmobiliario o de los rendimientos de actividades económicas. Si dichos intereses formaron parte de la base de la deducción por inversión en vivienda habitual, el contribuyente deberá proceder a regularizar las deducciones practicadas de aquellos ejercicios en los que incluyó en la base de la deducción los intereses devueltos, advierten los expertos. Teniendo en cuenta que el proceso de devoluciones se puede alargar y que muchas hipotecas afectadas por la última sentencia son anteriores a 2013, la mayoría de deducciones que habría que regularizar se tendrían que realizar en ejercicios ya prescritos.
Además, hay tener en consideración que para los casos en que las cantidades devueltas en cada ejercicio en concepto de capital más intereses excedieran los 9.040 euros, el límite máximo de la deducción por vivienda habitual, no habría que proceder a la regularización de la base de deducción.
Recargos del 20% en la regularización
En este ejercicio, la Agencia Tributaria incluyó nuevos campos en la declaración informativa del modelo 181 para que el contribuyente informe sobre el reintegro de intereses abonados indebidamente en ejercicios precedentes por las denominadas cláusulas suelo. En el documento, había que indicar el importe devengado en el ejercicio, intereses indemnizatorios de importes devengados por gastos derivados de la financiación ajena: importe percibido derivado de la aplicación del interés legal del dinero al importe devuelto por la entidad financiera y gastos judiciales derivados del proceso.
Por lo que Hacienda admite que los gastos en que incurra el contribuyente en su demanda contra la entidad financiera por la cláusula suelo como abogado, procurador y tasas judiciales son considerados derivados de la financiación ajena con la que se ha procedido a adquirir la vivienda habitual, por lo que deben formar parte de la base de deducción.
La Agencia Tributaria explicó en su momento que “la restitución a la consultante de las cantidades pagadas de más por aplicación de aquélla no constituya renta alguna sujeta al impuesto. No obstante, en la medida en que tales cantidades hubieran formado parte de la base de la deducción por inversión en vivienda habitual practicada por el contribuyente, se perderá el derecho a practicar la deducción en relación con las mismas, lo que le obligará a regularizar”.
Francisco de la Torre, inspector de Hacienda y diputado por Ciudadanos, advierte de que la Agencia Tributaria podría aplicar un recargo del 20% e intereses de demora en la regularización de las bases de deducciones. “La eliminación de esta obligación es una cuestión de justicia, ya que la complementaria con exención de recargos e intereses es la regla cuando se perciben atrasos en el caso de salarios, explica.
Proceso de devolución
Todavía no está claro cuál va a ser el procedimiento que establecerá el Gobierno para intentar agilizar las devoluciones. Mañana aprobará un código de buenas prácticas para facilitar la reclamación a los bancos de clientes afectados por las cláusulas suelo.
Las entidades que comercializaron los préstamos de hipotecas con estas condiciones se podrán acoger voluntariamente al documento de principios éticos, estarán luego obligados a cumplirlos.
El objetivo es que los bancos lleguen a acuerdos con los clientes antes de llegar a la vía judicial para que sean abonados los intereses cobrados de más en metálico o amortizando el préstamo si la hipoteca sigue abierta. Desde Aedaf, consideran que es la opción más cómoda para el cliente desde el punto fiscal, ya que “no tiene repercusión en el IRPF, toda vez que supone que parte de la cuota del préstamo abonada en concepto de intereses ahora se entiende abonada en concepto de amortización, ya que tanto la amortización como los intereses dan derecho a la deducción que el contribuyente haya podido practicar”.
Según han confirmado a Efe fuentes financieras, con la idea de hacer más fácil la devolución de las cantidades cobradas de más durante años, el Ministerio de Economía exigirá a los bancos que creen unidades especiales para gestionar la previsible avalancha de reclamaciones.
Fuente: El Economista
http://www.eleconomista.es/economia/noticias/8054873/12/16/Cuidado-con-Hacienda-en-la-devolucion-de-las-clausulas-suelo-Montoro-revisara-de-las-deducciones-por-vivienda.html
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27.12.2016
Antes de las uvas: una docena de consejos para pagar menos impuestos en 2017
Los expertos recomiendan hacer aportaciones a planes de pensiones, reinvertir las plusvalías por la venta de vivienda o compensar las pérdidas en Bolsa con otras ganancias
Queda apenas una semana para que las doce campanadas den paso a un año nuevo. Antes del cierre del año fiscal 2016, los expertos recomiendan hacer números, consultar con su asesor o su banco para trazar la estrategia fiscal que le permita pagar menos dinero a la Agencia Tributaria en 2017, cuando tendrá que presentar la declaración de la renta de 2016.
Los técnicos de Hacienda (Gestha) cuestionan algunas de estas deducciones fiscales que permiten ahorrar impuestos porque generalmente benefician más a las rentas más altas. A los que tienen más capacidad de ahorro o de hacer inversiones. Y ponen de ejemplo a los millonarios madrileños, que se pueden beneficiar de una generosa exención en el impuesto de Patrimonio, que les libraría de pagar un buen peliizco. Aunque muchos de estos incentivos tributarios están topados para limitar su uso.
Gestha recuerda que a la mayoría de los contribuyentes que ganan menos de 60.000 euros al año no les conviene invertir hasta el límite máximo de las deducciones disponibles porque no aprovecharían las cuantías deducibles que superan su carga real del IRPF.
No obstante, entre las principales recomendaciones para rebajar su factura fiscal el próximo año son:
1.- Aportaciones a planes de pensiones.
En los últimos días del año puede plantearse hacer una aportación extra a su plan de pensiones. La reforma fiscal modificó los límites de la reducción en la base imponible de la cantidad máxima que se puede aportar. Pasó de los 10.000 euros a los 8.000 euros, siempre que no supere el 30% de los rendimientos del trabajo y actividades económicas.
También reduce la base imponible las aportaciones realizadas por el cónyuge del contribuyente cuando éste perciba rendimientos del trabajo o actividades económicas inferiores a 8.000 euros. En este caso, el límite de la aportación subió a a 2.500 euros.
Los expertos del Consejo de Economistas y expertos fiscales (REAF-REGAF) recuerdan que si durante su vida laboral hizo aportaciones a sistemas de protección social y se ha jubilado, le interesa pensar muy bien cuánto y cómo cobra las prestaciones. En general le interesará cobrar al ejercicio siguiente al de la jubilación, así no acumulará esta renta con los salarios percibidos por su trabajo que, seguramente, son más elevados que la pensión de jubilación.
Si realizó aportaciones a sistemas de protección social antes de 2007, como tiene la posibilidad de cobrar en forma de capital las prestaciones correspondientes a esas aportaciones, con reducción del 40%, le conviene comunicar a la entidad gestora su intención de cobrar en forma de capital y que esa prestación se realice con lo generado por las aportaciones anteriores a 2007, así podrá reducir todo ese importe. A este respecto, si se jubiló en 2016, o si lo ha hecho en 2010 o antes, debe de tener cuidado de ordenar este cobro en forma de capital hasta 31 de diciembre de 2018 como máximo, ya que después perderá la reducción.
2.- Vivienda habitual
Si usted es uno de los afortunados que compró una vivienda antes del 1 de enero de 2013, aún puede aprovechar la generosa deducción por adquisición de vivienda habitual. Puede consultar con su asesor o banco si le interesa hacer una amortización anticipada si durante el año no ha alcanzado el límite de pago máximo de 9.040 euros entre intereses y capital amortizado de la hipoteca y conseguir una deducción de 1.356 euros.
En el caso de que haya ampliado la superficie habitable de su vivienda habitual o realizado obras de rehabilitación o adaptación para discapacitados antes de enero de 2013, podrá mantener la deducción de los importes pagados en 2016, siempre y cuando las obras terminen antes del 1 de enero de 2017, según recuerda Gestha. Esta desgravación asciende al 15% de lo pagado en el año, con un límite de inversión anual de 9.040 euros, en los casos de ampliación y rehabilitación, y hasta el 20%, con un límite de 12.080 euros, para las obras de adaptación de personas con discapacidad.
3.- Alquiler de vivienda
Si está viviendo alquilado antes de 2015 y se dedujo por este hecho en su día, tiene la suerte de poder aprovechar el régimen transitorio de la deducción por alquiler de vivienda habitual. En estas circunstancias, siempre que esté en los límites de base que la norma establece, le convendrá no cambiar de casa, utilizar las prórrogas del contrato y, si se terminan, también podrá seguirse deduciendo si vuelve a firmar contrato con el dueño del piso, incluso aunque modifique el importe y el plazo del contrato, según explican desde el REGAF-REAF.
4.- Más ventajas fiscales en la vivienda
Los que hubieran vendido su vivienda este año, tendrán que tributar por las plusvalías obtenidas en la próxima declaración de la renta con un gravamen de entre el 19% y el 23%. No obstante, explican los técnicos de Hacienda, si se reinvierte total o parcialmente el importe en otra vivienda de carácter habitual será posible neutralizar este pago.
5.- Guiños a los mayores de 65 años
Si vende la vivienda habitual y tiene más de 65 años no tendrá que tributar por la ganancia patrimonial que se le haya producido. En caso de que la vivienda sea un bien ganancial y alguno de los cónyuges no haya llegado a esa edad, le puede compensar aplazar la operación hasta que ambos tengan cumplidos los 65, en caso contrario deberá tributar el cónyuge que no cumpla el citado requisito por la mitad de la plusvalía, explican los expertos fiscales del Consejo General de Economistas.
Si está preparando su jubilación y ha pensado en la constitución de una renta vitalicia, espere a tener 65 años y aproveche la ventaja que supone no tener que tributar por la ganancia patrimonial obtenida en la transmisión de cualquier bien o derecho reinvirtiendo lo obtenido, hasta un máximo de 240.000 euros, en la constitución de una renta vitalicia.
6.- Inversiones en Bolsa
Si este año ha perdido en Bolsa puede compensar estas minusvalías con otras ganancias en otros fondos de inversión. Puede compensar las pérdidas generadas por un fondo de inversión, acciones o derivados financieros con las ganancias patrimoniales obtenidas. Gestha recuerda que no se podrán adquirir esos mismos valores o similares en los dos meses posteriores a la venta.
A partir de 2015 la reforma fiscal permitió compensar los rendimientos negativos del capital mobiliario con las ganancias patrimoniales. El porcentaje de compensación para el presente año será de un 15%, mientras que para 2017 y 2018 será del 20% y del 25%, respectivamente. Por tanto, si existe rendimiento de capital mobiliario positivo es recomendable estudiar la materialización de las pérdidas en venta de acciones y otros productos patrimoniales o bien si existen ganancias patrimoniales, compensar con rendimientos negativos de capital mobiliario.
7.- Retribución en especie para los trabajadores
Si es trabajador por cuenta ajena, le puede interesar cambiar retribuciones dinerarias por retribuciones en especie que no tributan, como la tarjeta restaurante, la tarjeta transporte, el vale guardería o un seguro médico para la familia, pero tenga cuidado de modificar el contrato de trabajo para recoger por escrito estas formas especiales de retribución, aconsejan los expertos del REAF.
8.- Indemnización por despido
Si durante 2016 le han despedido de su empresa y la dirección le ofrece cobrar de manera fraccionada la indemnización por despido no exenta, debe de tener cuidado de pactar el fraccionamiento de tal forma que, la relación entre los años de generación de la misma (los que haya estado trabajando en la empresa) y los años en los que va a percibir la indemnización, sea mayor que dos para así poder reducir la parte no exenta por irregularidad.
9.- Empresarios y profesionales
Si es autónomo y desarrolla su actividad económica en el mismo piso en el que tiene su vivienda, le interesa individualizar en lo posible los suministros para poder deducirlos sin problemas de los ingresos empresariales o profesionales, aunque siempre podrá hacerlo por un criterio combinado de metros cuadrados y tiempo de dedicación a la actividad, según criterio administrativo. Otros gastos comunes, como el de la comunidad de vecinos o los impuestos se pueden deducir sin problemas en proporción a los metros cuadrados utilizados en la actividad.
Si es usted empresario o autónomo y determina el rendimiento neto en estimación directa, y piensa que creará empleo en 2016 y 2017 respecto a 2015, le interesará invertir en elementos nuevos del inmovilizado material o de las inversiones inmobiliarias y podrá amortizarlos libremente en 120.000 euros/año por cada persona/año de incremento de plantilla.
10.- Deducción por su solidaridad
Las cantidades pagadas a entidades solidarias, ONG son deducibles. El contribuyente podrá desgravarse un 75% de los primeros 150 euros donados y un 30% del resto de sus aportaciones, que aumenta al 35% si la cantidad donada a una misma ONG no ha disminuido en cada uno de los tres últimos años. Además, están exentas las ganancias patrimoniales generadas si se donan bienes
Por otro lado, las aportaciones a colegios profesionales, cuotas sindicales, cuotas de afiliación a un partido político también son desgravables.
11.- Si su empresa le propone trabajar en otro país
Si está barajando la idea de irse a trabajar a otra filial de su empresa en el extranjero le conviene conocer si podrá beneficiarse de la correspondiente exención. Deberá saber si se cumplirán los requisitos de trabajar para una entidad no residente o para un establecimiento permanente radicado en el extranjero y si en el país o países donde se le va a desplazar, existe un impuesto de naturaleza idéntica o similar al IRPF.
12.- Deducciones autonómicas
No olvide que dependiendo de la comunidad autónoma donde resida podrá disfrutar de un amplia variedad de deducciones, desde los gastos de educación de sus hijos, a otras ayudas por el alquiler.
Fuente: El País
http://economia.elpais.com/economia/2016/12/14/actualidad/1481715434_665568.html?id_externo_rsoc=whatsapp
NUESTRO EQUIPO JURÍDICO Y ECONÓMICO ESTÁ PREPARADO PARA ASESORARLES Y PROCEDER A REALIZAR LAS RECLAMACIONES A SU ENTIDAD BANCARIA EN EL CASO QUE USTED ESTÉ AFECTADO POR LA CLÁUSULA SUELO EN SU HIPOTECA
21.12.2016
Los bancos analizan la sentencia y no devolverán el dinero automáticamente
Algunas entidades como el Sabadell aseguran que la decisión europea no les incluye porque ellos fueron transparentes
Las cláusulas suelo, los topes que incluyeron muchos bancos en sus hipotecas y que impidieron a muchos clientes aprovechar la caída del euríbor, han dejado tras de sí un reguero de sentencias. Unas se superponen con otras, lo que lleva a algunas entidades a señalar ahora, con la última sentencia europea, que no les obliga a devolver el dinero. La cuestión es que el gran golpe a las cláusulas suelo lo dio el Supremo en mayo de 2013, cuando sentenció que estos topes quedaban anulados “por poco transparentes”, en un caso donde se juzgaba a BBVA, Cajas Rurales Unidas y NCG, y que después ratificó con Banco Popular.
En aquel momento, la justicia española decidió que solo quedaban anuladas a partir de la fecha de esa sentencia. Tras la decisión, un aluvión de hipotecados acudió a los juzgados a pelear contra su cláusula suelo. El año pasado, un juzgado de Madrid en una macrodemanda presentada por 15.000 afectados sentenció que también quedaban anuladas las cláusulas en otras 40 entidades (prácticamente todos los bancos y cajas de España). Ahora es la justicia europea la que se ha pronunciado: en referencia a la primera gran sentencia, la del Supremo, explica que no solo se deben devolver las cantidades cobradas de más desde 2013, sino también las anteriores.
El juicio en el que se condenó a devolver el dinero a la mayor parte de las entidades, la macrosentencia para 40 bancos de 2015, está recurrida y todavía no ha llegado a una instancia superior. En principio, abogados y expertos señalan que lo más probable es que si lo hace, se aplique el mismo criterio que ya señaló el Supremo para los otros tres bancos en 2013. Sin embargo, esa brecha es a la que algunas entidades acuden para señalar que no están obligadas a devolver el dinero.
Fuentes del sector aseguraron que a pesar de que la sentencia del Supremo, y por tanto, la europea de hoy, afecta de forma directa a un grupo entidades, en realidad tiene impacto sobre todo el sector. Con este documento, sostienen, a partir de ahora un juez que dicte que una cláusula suelo es nula deberá considerarla así desde el momento en el que se inició el contrato. Por ello, sostienen que las devoluciones se realizarán vía reclamaciones de los clientes o bien a través de fallos judiciales.
Es el caso de Sabadell. Sigue defendiendo que sus cláusulas suelo son “transparentes” al cumplir “los requisitos” que en su día fijó el Tribunal Supremo para que estas fueran válidas. “El Supremo dijo que eran válidas si eran transparentes y consideramos que las del Sabadell lo eran. Aparecían en la parte central de los contratos, en letra negrita”, sostuvo también en octubre del año pasado el consejero delegado del banco, Jaume Guardiola. Según la entidad, todavía no hay ninguna sentencia firme que haya “declarado nulas” los contratos de Banco Sabadell, por lo que considera que estos “no están afectados directamente por la sentencia” del TJUE. El banco sí admite que ha llegado a “acuerdos pactados” ante “peticiones puntuales” de algunos clientes, pero no prevé llevar a cabo una devolución generalizada.
Puesto que la estrategia de la entidad pasa por defender la legalidad de las cláusulas que recogen el 21% de sus contratos hipotecarios, no ha provisionado ninguna cantidad por una posible devolución. El sector estima que, en caso de que tuviera que hacer frente a la devolución de esas cantidades, la factura rondaría entre los 650 y 700 millones de euros. Desde el Sabadell, aseguran que pueden afrontar esa cantidad con las provisiones genéricas (que no específicas, puntualizan) que ha efectuado el banco. En total, la entidad estima que la aportación de esas cláusulas al margen del banco es de unos 160 millones antes de impuestos (unos 110 millones de euros netos).
A otras entidades, como BBVA, no encajan en esa justificación. Porque el Supremo sí hacía referencia explícita a este banco en su sentencia. Hasta ahora había tenido que anular la cláusula desde mayo de 2013. Pero devolver lo cobrado antes (en principio se empezaron a aplicar los topes en 2009, con la bajada del euríbor) tendrá un coste importante.
En julio la compañía, en un informe enviado a la CNMV, aseguraba que la probabilidad de que BBVA se viera “obligado a devolver estas cantidades puede ser calificada como remota”. En aquel momento, calculaba que el impacto podía ser de 1.200 millones de euros. Sin embargo, el banco ha explicado hoy en un comunicado al regulador bursátil que va a dotar una provisión en las cuentas de este mismo año para cubrir “la contingencia de futuras reclamaciones” y que estima el impacto negativo en el beneficio “preliminarmente en aproximadamente 404 millones de euros”. Según aclara una portavoz de la entidad, la diferencia entre una y otra cifra es que cuando se realizaron los cálculos en julio se trataba de cifras brutas, que se incluían hipotecas en las que la cláusula suelo no se llegó a activar y que la decisión europea de hoy solo afecta a los créditos a particulares. Pese a todo, no explica cuándo ni cómo van a devolver el dinero a los clientes. “Los jueces y tribunales españoles concretarán la aplicación de los criterios establecidos por el TJUE a los procesos judiciales sometidos a su conocimiento”, señala el banco.
El caso del Banco Popular es similar. Este banco también tiene ya sobre sus espaldas una sentencia del Supremo, en su caso de enero de 2016, donde quedaban anuladas por considerarlas “abusivas”. En su caso, devolver el dinero a partir de mayo de 2013 suponía un desembolso aproximado de 350 millones. Hacerlo también antes de esa fecha (desde 2009 que empezaron a activarse los topes de bajadas del euríbor) sube la factura 334 millones más como ha informado a la CNMV.
Bankia ha cifrado en unos 200 millones de euros el importe de sus cláusulas suelo en los contratos hipotecarios. 105 de ellos son por cobros anteriores a 2013. Del total, señala, ya ha provisionado unos 100 millones. A priori, estudiarán “caso a caso”. En parte, porque dicen que a ellos tampoco les afectó de lleno la sentencia del Supremo, que solo rechazaba la cláusula por poco transparente. “Lo mejor es que el cliente acuda a su oficina y pida información sobre su caso concreto. Se estudiará si hubo falta de transparencia o no”, explica una persona de la entidad.
CaixaBank, que también señala que está analizando la sentencia del TJUE, decidió suprimir el año pasado todas las cláusulas suelo. En total, el banco dejó sin efecto más de 180.000 contratos de ese tipo heredados de las entidades que había ido absorbiendo, en especial CajaSol y Caja Canarias (ambas integradas en Banca Cívica) y Caixa Girona, lo cual suponía un coste anual de 220 millones de euros. La entidad catalana, que no ha querido hacer comentarios, provisionó 515 millones de euros correspondientes a las cantidades ingresadas a raíz de la existencia de esa cláusula a partir de mayo de 2013 y estimó el monto anterior a esa fecha ascendía a 750 millones de euros. En una rueda de prensa de presentación de resultados el año pasado, el consejero delegado de CaixaBank, Gonzalo Gortázar, aseguró que en caso de que haya una sentencia que fije la retroactividad de la nulidad la acatarán.
Liberbank es otra de las entidades cotizadas con una importante carga de pagos pendientes si se le aplica la sentencia europea. En principio, la cantidad de pagos por cláusulas suelo anteriores a mayo de 2013 son unos 129 millones, frente a los 130 millones que le correspondían en pagos posteriores a 2013. Ha realizado una comunicación al regulador bursátil en la que indica que estima que “el diferencial de intereses de vengados por aplicación de las cláusulas suelo, vigentes a la fecha, desde su origen hasta el 9 de mayo de 2013 es de 83 millones de euros antes de impuestos”. En cuanto al impacto en sus beneficios, ha explicado que “al cierre del ejercicio se estimará el impacto de este riesgo y se reflejará en los estados financieros”.
En cuanto al Santander, esta entidad prácticamente no tenía exposición a las cláusulas suelo, salvo unos créditos residuales heredados de Banesto sobre los que ya llegó a un acuerdo.
Fuente: El País
http://economia.elpais.com/economia/2016/12/21/actualidad/1482323045_032377.html?id_externo_rsoc=whatsapp
EL TRIBUNAL DE LA UE CONCEDE LA RETROACTIVIDAD EN LAS CLÁUSULAS SUELO
21.12.2016
La sentencia definitiva sobre las cláusulas suelo ha concedido la retroactividad total de la devolución de las cantidades cobradas en exceso, contra el dictamen del abogado general
Regalo de Navidad anticipado para los hipotecados con cláusula suelo, la que mantiene su letra mensual artificialmente alta porque les impide beneficiarse de las bajadas del euríbor. El Tribunal de Justicia de la UE en Luxemburgo ha estimado que limitar la retroactividad de la devolución de lo cobrado en exceso a mayo de 2013, fecha de la primera sentencia del Tribunal Supremo sobre este asunto, se opone al derecho comunitario, lo que en la práctica equivale a reconocer la retroactividad total desde la firma del préstamo. De esta forma, contradice al Alto Tribunal español y al dictamen del abogado general de julio, que solo concedía la devolución retroactiva de lo cobrado en exceso hasta dicha fecha, y asume las tesis defendidas por la Comisión Europea.
El Banco de España ha cifrado este miércoles en unos 4.000 millones el impacto potencial de la sentencia en las cuentas de las entidades financieras, por debajo de los 4.500 millones que AFI estimaba en abril. Esta cifra correspondería a lo cobrado de más entre noviembre de 2009 y mayo de 2013.
“La declaración judicial del carácter abusivo de una cláusula debe tener como consecuencia el restablecimiento de la situación en la que se encontraría el consumidor de no haber existido dicha cláusula. Por consiguiente, la declaración del carácter abusivo de las cláusulas suelo debe permitir la restitución de las ventajas obtenidas indebidamente por el profesional en detrimento del consumidor”, sostiene la sentencia dictada esta mañana.
“Por consiguiente, de tal limitación en el tiempo resulta una protección de los consumidores incompleta e insuficiente que no constituye un medio adecuado y eficaz para que cese el uso de las cláusulas abusivas, en contra de lo que exige la Directiva”, añade el fallo comunitario. Esta sentencia no es de aplicación inmediata, sino que tendrá que ser adoptada por el Supremo en las próximas declaraciones de nulidad de estas cláusulas. Asimismo, tampoco las declara nulas en todos los casos, por lo que los consumidores deberán seguir pleiteando para lograr dicha declaración; en caso de sentencia favorable, se les devolverá todo el dinero pagado de más desde la firma de la hipoteca.
¿Tiene cláusula suelo? Qué consecuencias tiene la sentencia del Tribunal de la UE.
CaixaBank, con más de 12.000 millones de euros en hipotecas con suelo y un coste estimado por la propia entidad en 220 millones al año, es la más afectada en términos absolutos. Pero no relativos, ya que, una vez descontadas las provisiones constituidas, el impacto de la retroactividad total sería del 2,6% de su valor en libros, según distintas estimaciones de analistas.
El presidente del Banco Sabadell, Josep Oliu. (EFE)
Sabadell, que tiene un volumen de 11.500 millones (volúmenes similares no implican costes iguales, porque depende del nivel en que se sitúa el suelo en cada caso y de la contribución del mismo a los márgenes), sufriría un perjuicio de hasta el 5,3% de ese valor. Esta entidad no ha dotado provisiones para esta eventualidad, porque iría en contra de su estrategia judicial de considerar sus cláusulas legales y recurrir las sentencias negativas, pero su presidente, Josep Oliu, ha asegurado que con las provisiones genéricas puede absorber el impacto. En su caso, además, puede tener un impacto en márgenes por la supresión a futuro de estas cláusulas (es el único banco que las mantiene), cifrado en unos 160 millones.
Los condenados por el Supremo no se salvan
Peor lo tiene Liberbank, donde la retroactividad total de sus 2.400 millones de euros en hipotecas con suelo se puede llevar por delante el 5,2% de su valor. No obstante, Manuel Menéndez ha sido el más activo en ofrecer a sus clientes la supresión del suelo a cambio de una subida del diferencial sobre el euríbor… y de la renuncia a acciones legales. La entidad reconoce que el impacto antes de impuestos será de 83 millones de euros.
Una de las cuestiones más controvertidas del fallo de este miércoles es que salva de la retroactividad total las cláusulas de las entidades que ya han sido condenadas por el Supremo para preservar el principio de cosa juzgada, pero los juristas consultados por El confidencial consideran que sólo en aquellos casos individuales que recurrieron. Las entidades lo están analizando. En esa situación se encuentran Popular, que sí ha eliminado a futuro los suelos tras ser condenado por el Supremo y que tiene provisto el efecto de la retroactividad hasta 2013 (305 millones a junio), pero la entidad reconoce que le faltan otros 334 para la retroactividad total. el impacto en su valor contable se situaría por debajo del 2%.
Y también BBVA, la entidad condenada inicialmente en 2013, donde la devolución de las cantidades desde el inicio puede restar entre el 2,1% y el 3,2% de su valor, según diferentes analistas. Entre las no cotizadas, quedarán obligadas a dar retroactividad total Abanca (Novagalicia), Cajamar y CajaSur (propiedad de Kutxabank).
Unicaja, el banco no cotizado con más riesgo
Bankia será de los menos perjudicados, puesto que tiene unos 2.500 millones en estas hipotecas y la devolución total del exceso resultará solo en el 1,2% de su valor en libros.
Fuente: Diario el Confidencial
http://www.elconfidencial.com/vivienda/2016-12-21/unicaja-liberbank-sabadell-sentencia-clausulas-suelo-tribunal-ue-luxemburgo_1307075/?utm_campaign=BotoneraWebapp&utm_source=whatsapp&utm_medium=social
QUÉ HACER SI NOS TOCA EL GORDO DE NAVIDAD, CONSEJOS FISCALES
19.12.2016
El Gordo de la Lotería de Navidad supondrá 400.000 euros antes de impuestos para su ganador, que podrá elegir si ingresarlo en su entidad, sin darle ninguna utilidad, o invertirlo con la intención de rentabilizarlo. ¿Cuánto recauda Hacienda?
El afortunado que el próximo 22 de diciembre descubra que han cantado su número ganará esta cantidad, que después de impuestos se quedará en unos 320.500 euros, a los que se le podrían aplicar otros gravámenes, como sucesiones y donaciones, si decide repartirlo o donarlo, y que varía entre regiones. Tanto si el ganador hace de “rey mago” entre sus allegados como si prefiere quedarse él con el dinero, la cuantía del premio permite darle distintas utilidades.
La primera es, sin duda, destinar una parte al disfrute personal, que los expertos establecen en un 10 %, un porcentaje que parece pequeño pero que supera los 30.000 euros.
La segunda opción en la que piensan gran parte de los españoles es “tapar agujeros” y olvidarse para siempre de hipotecas o préstamos pendientes.
Una familia con una hipoteca media de unos 113.000 euros se ahorraría en torno a 31.800 euros en intereses al liquidarla, mientras que si apuesta por saldar un préstamo pendiente de unos 9.000, el ahorro será de algo más de 2.000 euros, según los cálculos del comparador kelisto.es.
No obstante, el presidente del comité de servicio a asociados de EFPA España, Francisco Marín, recuerda que antes de cancelar la hipoteca “hay que analizar posibles beneficios fiscales y los tipos de interés”, para valorar si es un buen momento.
Lo mejor, dejarse asesorar
Por su parte, el gestor de fondos de inversión de GVC Gaesco, Albert Enguix, considera que amortizar todas las deudas con el Gordo es un “error”, en particular con el actual entorno de tipos bajos. Al margen de lo que decida, el ganador contará con dinero suficiente para invertir y se le presentan opciones ilimitadas, como los fondos de pensiones, la bolsa, la renta fija o las materias primas, sin olvidar que, en todos los casos, los expertos recomiendan adaptar la inversión a cada perfil y recurrir al asesoramiento.
Un posible ganador del premio que no tenga relación con activos financieros debería apostar por “productos de bajo riesgo, como son los depósitos o fondos de inversión monetarios o de renta fija”, apunta Marín, y añade que ante la nueva regulación “la entidad financiera deberá hacerle un test de idoneidad y de conveniencia”.
Enguix también insiste en la importancia de un buen asesoramiento que ofrezca “mucha confianza” y evite que “en cinco años se haya terminado el dinero del Gordo”.
Fondos, oro…
No obstante, si el premiado ya ha invertido alguna vez, Marín se decanta por “fondos de renta fija, mixtos de renta variable o ETF que replican índices, sectores o materias primas”. El oro también es aconsejable para personas acostumbradas a invertir y pueden incluir en su cartera este valor refugio, como “parte de la diversificación”.
Otra buena idea son los fondos de pensiones, un producto que puede resultar lejano si el agraciado con el Gordo es joven y no piensa todavía en la jubilación, aunque los expertos recomiendan empezar a ahorrar a partir de los 30.
De hecho, Enguix incide en que invertir el premio en estos fondos es más adecuado para los jóvenes porque “pueden beneficiarse de la fiscalidad”, mientras que las personas cercanas a la edad de jubilación “buscan otro tipo de productos”.
La deducción fiscal es la cara positiva de los fondos de pensiones; la menos amable es que el inversor no puede disponer del dinero hasta su jubilación, un pequeño inconveniente que pasará por alto alguien con más de 300.000 euros en el bolsillo.
Los analistas recomiendan “no poner todos los huevos en la misma cesta”, por lo que otra alternativa es la bolsa. “La bolsa siempre es una buena inversión”, sostiene Marín, que apoya su opinión en las previsiones de crecimiento de 2017.
Asimismo, el gestor de GVC Gaesco se fija en “el apoyo de los datos macroeconómicos y del buen momento del área geográfica europea, con muy buenos fundamentales” y se decanta por posiciones en “sectores cíclicos ligados al crecimiento de la economía”.
Marín prefiere “el sector financiero, que ha sido muy castigado, y aparece como un sector con muy buenas expectativas”.
El ladrillo, una inversión con baja liquidez
Fuera del parqué, el ladrillo comienza a recuperarse, pero no hay que olvidar que “es una inversión de baja liquidez”, indica Marín.
Por su parte, Enguix recalca la “divergencia de precios entre las grandes ciudades como Madrid o Barcelona, donde ya se superan los anteriores a la crisis”, y los precios de la vivienda en “las poblaciones del interior, donde aún no se han recuperado”.
Además, existen otras opciones de inversión como el arte o los coches de lujo en los que se puede invertir “cantidades importantes, seguras y a largo plazo” y representan para Enguix una alternativa “muy viable”.
LAS EMPRESAS SE REBELAN CONTRA LOS NUEVOS IMPUESTOS DEL GOBIERNO
18.12.2016
Piden reunirse con la CNMV y el Instituto de Contabilidad para aclarar aspectos que consideran que pueden afectar al beneficio o a los dividendos
Los nuevos impuestos a las empresas que ha aprobado el Gobierno han encendido las luces de alarma en el sector, que ha pedido reunirse con la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y el Instituto de Contabilidad y Auditoria de Cuentas (ICAC) para aclarar su aplicación. José Luis Feito, presidente del Instituto de estudios Económicos (IEE) e ideólogo de la patronal CEOE, cree que “estas medidas frenarán la economía, que crecerá el 2,3% en 2017 en lugar del 2,5%. Y se crearán 92.000 empleos menos”. Los nuevos impuestos “provocan inseguridad jurídica y pérdida de competitividad”, afirma el Círculo de Empresarios. El Ejecutivo lo niega y afirma que serán neutrales.
El Gobierno se ha visto obligado a presentar un plan creíble de reducción del déficit ante Bruselas, después de los continuos incumplimientos de los años anteriores. Para afrontar el ajuste, Rajoy preparó medidas fiscales, ya aprobadas en el Congreso, con las que ingresará hasta 7.500 millones más. De este montante, 4.655 millones llegarán por cambios tributarios en la modificación del impuesto de sociedades. La medida llega solo un año después de hacer una reforma fiscal que rebajó el tipo del impuesto de sociedades del 28% al 25% para que las empresas tuvieran más margen para crear empleo. Y después de comprometerse a bajar más los impuestos en la pasada campaña electoral.
Las organizaciones empresariales creen que la aplicación de estas medidas supone un cambio drástico en el cierre contable y fiscal de las empresas, “con carácter retroactivo”, señala Javier Vega de Seoane, presidente del Círculo. Diferentes empresarios y expertos consultados consideran que algunos aspectos fiscales y contables de la reforma son discutibles por lo que han pedido aclaraciones ante la CNMV y el ICAC. Las grandes auditoras quieren unificar criterios que impidan problemas en el cierre de este ejercicio.
Sobre las medidas, Vega de Seoane apunta que reducirá el efectivo en las empresas, “y no hay que olvidar que muchas sociedades mueren por falta de efectivo. Ahora se deberá devolver un dinero con el que no contaban las empresas… El Gobierno conseguirá su objetivo de déficit, pero la medida le saldrá cara en confianza y en pérdida de competitividad”. Y concluye: “Creo que Cristóbal Montoro es un buen ministro de Hacienda, pero está demasiado enfocado en la recaudación”
MENOS DEDUCCIONES Y CAMBIOS REPENTINOS
ÍÑIGO DE BARRÓN
Las nuevas normas fiscales impedirán que este año las empresas se puedan compensar las pérdidas de años anteriores con hasta el 60% de la base imponible. A partir de ahora sólo será el 25% de la base para los que facturen más de 60 millones y el 50% para las que están entre 20 y 60 millones.
Además, para las multinacionales se ha fijado un límite del 50% de la cuota íntegra del impuesto para la aplicación de deducciones por doble imposición. Las medidas también incluyen algunos cambios contables, que pueden tener efectos relevantes en las empresas.
Por otro lado, Hacienda exigirá que las sociedades que en el pasado se hubieran deducido el deterioro de participaciones en otras entidades tributen en los próximos cinco años, al margen de que se haya generado o no un beneficio o haya existido un incremento de los fondos propios. De esta manera, se está obligando a revertir el deterioro, aunque no exista una mejora económica real de la empresa. Hacienda prevé recaudar 2.000 millones con esta medida.
En esta línea, otros empresarios consideran que estas medidas contraerán las inversiones en bienes de equipo, la generación de empleo y podrían limitar el reparto de dividendos. Todas las empresas están afectadas, según estas fuentes, aunque en diferente medida. Las que generan más efectivo y tienen elevados resultados, sortearán mejor las medidas mientras que las que se llevan la peor parte son los grandes grupos con presencia internacional, sobre todo si han tenido pérdidas en ejercicios pasados y contaban con estas deducciones.
El IEE explica que existe una subida real de impuestos “aunque no se vean afectados los tipos nominales, (el porcentaje de retención en sí), ya que se establecen nuevos límites a la deducibilidad en las bases imponibles y se regula el límite a la compensación de bases imponibles negativas para aquellos negocios con una facturación superior a 20 millones”.
Ante esta situación, la CEOE no ha ahorrado críticas al PP: “Lo que hace el Gobierno es la alternativa fácil de elevar impuestos, en vez de reducir el gasto no productivo de la Administración; es una política cortoplacista y de escaso recorrido. Esto permitiría reducir el déficit sin tener efectos negativos sobre el crecimiento de las empresas y el aumento del empleo”.
Además, la patronal cree que el anuncio de nuevas normas fiscales y contables de aplicación inmediata en la última parte del año, “afectan, en muchos casos, a decisiones de inversión tomadas hace meses y hacen imposible cualquier tipo de previsión de los costes fiscales de las empresas o la valoración de inversiones a realizar. Esta inseguridad, unida a la alta presión fiscal, crea en nuestro país un entorno desfavorable a la inversión tanto nacional como extranjera que se pone más de relieve frente a los anuncios, en otros países, de una reducción de la fiscalidad empresarial. Estamos muy preocupados por el nuevo paquete de medidas fiscales tomadas por el Gobierno. Creemos que provocan desconfianza e inseguridad jurídica porque son retroactivas. La falta de confianza de los inversores es un asunto clave para el crecimiento económico”.
“Tienen efecto neutral”
Cristóbal Montoro, que contó con el apoyo del PP y el PSOE, frente a la abstención de Ciudadanos y el PNV, así como el voto en contra del Podemos, defendió que el alza del impuesto sobre sociedades es la forma “más neutral” para elevar los ingresos.
Montoro afirmó que son “medidas necesarias” para poder cumplir el objetivo de déficit del 3,1% comprometido con Bruselas para el año que viene, que supone recortar unos 14.000 millones, y se hace de la “mejor forma” y con “gran esfuerzo” para “consolidar” la recuperación económica y la creación del empleo.
SE AMPLIARÁ EL PERMISO DE PATERNIDAD A PARTIR DEL 2017
16.12.2012
El permiso de paternidad en España pasará de dos a cuatro semanas en 2017
El permiso de paternidad en España se ampliará en 2017 de dos a cuatro semanas, según ha confirmado el portavoz del Gobierno, Íñigo Méndez de Vigo, en la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros. Se trata de un primer paso hacia la futura equiparación con las 16 semanas de las que disfrutan las madres. El Consejo de Ministros también ha aprobado la rescisión del contrato del túnel del AVE a Francia con ACS y Eiffage.
La ministra de Empleo, Fátima Báñez, había apuntado ya sin fecha esa ampliación, que forma parte del acuerdo de investidura firmado por el Partido Popular con Ciudadanos en el que se recoge la aprobación de una Ley Integral de Apoyo a las familias.
A partir de enero de 2017
La decisión la ha anunciado hoy viernes el ministro portavoz, Iñigo Méndez de Vigo, tras la reunión semanal del gabinete, donde se optó por que la ampliación se recoja en un decreto ley puesto que antes de fin de año no van a estar aprobados los presupuestos de 2017 en el que se recogería esa medida.
El coste estimado de la ampliación del permiso de paternidad se estima en entre 400 millones de euros en 2017, y 800 en 2018, 2019 y 2020, según el pacto de investidura.
La ampliación se produce semanas después de que el Congreso, en el que el Gobierno no tiene mayoría, instara al Ejecutivo a petición de Podemos a equiparar ambos permisos a 16 semanas.
SE APRUEBA EN EL CONGRESO EL TECHO DE GASTOS Y LAS MEDIDAS TRIBUTARIAS, QUE YA ANUNCIAMOS ANTERIORMENTE.
15.12.2016
El Congreso valida el techo de gasto de 2017 y medidas impositivas urgentes
Se convalida la modificación de Sociedades y se aprueba la subida del SMI
El pleno del Congreso ha validado hoy el techo de gasto de 2017 que asciende a 118.337 millones de euros y ha aprobado gracias al PP, PSOE, Ciudadanos y PNV los nuevos objetivos de déficit que suponen mayor margen para las CCAA, al tiempo que también se han convalidado medidas impositivas urgentes.
El pleno de la Cámara Baja ha apoyado el límite de gasto no financiero para 2017 que supone el primer paso para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado del próximo año y ha convalidado la modificación del Impuesto de Sociedades y las subidas de los gravámenes del alcohol y del tabaco que ayudarán a aumentar los ingresos en 4.800 millones de euros.
También ha sido aprobada la subida del 8% del salario mínimo interprofesional para 2017 y el incremento del 3% de las bases máximas de cotización.
La mayoría de los grupos parlamentarios han criticado la subida impositiva y el techo de gasto que será el mismo que el cierre presupuestario de 2016 y que la oposición considera recortado.
El Acuerdo sobre los Objetivos de Estabilidad Presupuestaria y de Deuda Pública para 2017-2019 ha recibido los votos a favor del PP, PSOE, Ciudadanos, PNV y CC y los votos en contra de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, ERC y PDCat.
En total este acuerdo vinculado al techo de gasto de 2017 ha recibido 251 votos favorables, 87 en contra y 1 abstención.
El Real Decreto de medidas tributarias urgentes y de medidas sociales ha sido apoyado por el PP y el PSOE y ha recibido las abstenciones del PNV, ERC y UPN mientras que Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, el PDCat y Foro Asturias han votado en contra.
De esta forma, ha recibido 214 votos a favor, 11 en contra y 114 abstenciones al tiempo que el pleno ha rechazado que se trámite como un proyecto de Ley.
MONTORO DESOYE AL FMI Y DICE QUE NO SUBE EL IVA, ESPERAMOS QUE SEA FIRME EN SU DECISIÓN Y NO AUMENTE MÁS LA PRESIÓN FISCAL DEL PAÍS.
15.12.2016
El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, hace oídos sordos de las recomendaciones que el Fondo Monetario Internacional (FMI) vertió ayer sobre España. “Cuando algún organismo internacional nos recomienda subir impuestos, el Gobierno no participa esa opinión”, ha manifestado este miércoles durante su intervención en la sesión de control al Gobierno en el Congreso de los Diputados.
La institución que dirige Christine Lagarde aconsejó al Gobierno español aumentar el IVA, uno de los impuestos en los que hay más margen de recaudación según las estadísticas oficiales. El Fondo justifica su propuesta porque el sistema fiscal español cuenta con muchas exenciones y deducciones en el impuesto sobre el valor añadido y cuestiona la gran cantidad de productos y servicios gravados a tipo reducido y superreducido.
“España no necesita subir impuestos y menos el impuesto sobre el valor añadido (IVA), que grava los consumos generales de los españoles. Vamos a decirlo con toda claridad. Ya estamos recaudando”, ha proclamado Montoro desde la tribuna del Congreso.
El ministro aprovechó su intervención para presumir de la evolución de la recaudación. Anticipó que los ingresos tributarios cerrarán 2016 con un crecimiento del en torno del 3,4% hasta alcanzar los 188.000 millones de euros, “la segunda mayor recaudación tributaria de toda la serie histórica, solo por detrás de la de 2007, cuando llegamos a los 200.000 millones”. El ministro ha recordado la importancia del dato después de la bajada del IRPF y del impuesto de sociedades de los dos últimos años.
El Gobierno, sin embargo, acaba de aprobar una batería de subidas fiscales para elevar aún más los ingresos públicos el próximo año. Hace un par de semanas aprobó un decreto con subidas en el impuesto de sociedades e impuestos especiales sobre el tabaco y el alcohol para ingresar unos 4.600 millones de euros más. Además, planea crear un impuesto sobre bebidas azucaradas y carbonatadas y establecer nuevos impuestos medioambientales.
IVA cultural
El ministro también se comprometió a reducir el IVA sobre los espectáculos públicos durante esta legislatura. Así figura en el pacto de Gobierno suscrito entre el PP y Ciudadanos. Y así lo reconoció el ministro este miércoles en la Cámara Baja. “Nuestro compromiso es, según el pacto con Ciudadanos, reducir el IVA de los espectáculos con presencia directa”, ha manifestado el ministro antes de explicar: “Para espectáculos en directo con presencia de personas en directo. Eso lo haremos a lo largo de la legislatura”, ha indicado.
El ministro ha salido así al paso de la pregunta parlamentaria planteada por un diputado de Unidos Podemos sobre su disposición su disposición “a reducir el tipo de IVA del 21% aplicado al ámbito cultural causante del cierre de muchas industrias culturales con la consiguiente pérdida de puestos de trabajo”. Montoro ha justificado que la caída de la actividad se produjo en todos los sectores económicos debido a la crisis económica que asoló España entre 2009 y 2014 y cuyas secuelas aún se prolongan. “Lo que ha destruido parte de nuestra industria cultural ha sido la crisis, la recesión económica. Igual que ha pasado en la hostelería, en el comercio, en la agricultura…”, ha proclamado Montoro, un ministro señalado desde la industria cinematográfica por la subida del IVA al cine.
Sin embargo, el ministro evitó pronunciarse sobre si tocará el impuesto a este sector. “La industria cultural, que es muy importante y debenmos preservar, no tiene un único tipo de IVA. El IVA cultural como tal no existe”, prosiguió. Y explicó que el tipo del impuesto depende de la actividad, por ejemplo la entrega de la obra por parte de un artista está gravado al tipo reducido mientras que la producción de libros al super reducido.
LIO EN HACIENDA CON LOS AUTÓNOMOS: PODRÁN APLAZAR HASTA 30.000 EUROS DE IVA.
HACIENDA PARECE QUE DA UN PASO ATRAS CON LOS APLAZMIENTOS CON LOS AUTÓNOMOS.
15.12.2016
Los autónomos podrán aplazar hasta 30.000 euros de IVA durante 12 meses
El ministerio de Hacienda terminará facilitando los aplazamientos de IVA de hasta 30.000 euros durante 12 meses a los trabajadores autónomos, que habían elevado sus quejas tras el anuncio de Montoro de permitir únicamente el aplazamiento del IVA no cobrado.
A pesar de ello, el Real Decreto-Ley que veta los aplazamientos se publicará sin cambios, según ha informado hoy el nuevo secretario de Estado de Hacienda, José Enrique Fernández de Moya, en una jornada sobre Fiscalidad Internacional organizada por Deloitte. Sin embargo, la Agencia Tributaria seguirá manteniendo las reuniones con el sector.
Fuentes del Ministerio de Hacienda han reconocido que este Real Decreto-Ley se va a convalidar como Ley en el Parlamento. De esta forma, los representantes de los autónomos no pierden la esperanza de lograr un acuerdo con Hacienda que les permita incluirlo en el texto a lo largo del ejercicio. Las normativas fiscales tienen capacidad de poder ser retroactivas dentro del propio ejercicio, lo que podría favorecer a estos contribuyentes más adelante.
ATA dice que hay preacuerdo
En este sentido, desde la Federación Nacional de Trabajadores Autónomos (ATA) se considera completamente compatible la aseveración del secretario de Estado sobre que el decreto tributario saldrá mañana sin modificaciones con el hecho de que más adelante se arbitre un mecanismo que permita a los autónomos aplazar el IVA.
Así, el presidente de ATA, Lorenzo Amor, da por segura la ulterior modificación fruto de sus negociaciones y asegura que “los autónomos podrán aplazar el IVA de 2017”. Recuerda, además, a elEconomista que los cambios sobre los aplazamientos del IVA del ejercicio anterior se activaron por una Orden Ministerial y no vía decreto.
Así pues, sería posible que una futura orden ministerial recoja modificaciones en el aplazamiento del IVA de las recientemente negociadas por los autónomos con Hacienda, en concreto que la cantidad aplazable sea de 30.000 euros hasta 12 meses. Hacienda decidió volver a las negociaciones con los autónomos.
Este Real Decreto-Ley se debatirá mañana en el Congreso de los Diputados e incluye las medidas aprobadas por el Consejo de Ministros el pasado 2 de diciembre, de reforma del Impuesto sobe Sociedades e Impuestos Especiales, tabaco y alcohol, al tiempo que prohíbe y os aplazamientos de pago en todos los impuestos.
José Enrique Fernández Moya ha indicado, además, que tampoco la limitación a 1.000 euros del pago en efectivo entrará en vigor el 1 de enero de 2017, ya que el Gobierno no tiene intención de aprobar esta medida antes de que acabe el año, sino que se incluirá en un conjunto de medidas tributarias que se aprobará más adelante.
Con respecto a las medidas de lucha contra el fraude incluidas en las medidas para reducir el déficit público, el secretario de Estado ha asegurado que se está trabajando en ellas y ha descartado que vayan a entrar en vigor el 1 de enero de 2017.
El secretario de Estado de Hacienda ha anunciado que el Reglamento que impone una tasa sobre las bebidas azucaradas se publicará en las próximas semanas.
El Gobierno de España articulará “en los próximos días” un nuevo crédito con el impulso del fondo de ordenación dirigido a 202 ayuntamientos que se encuentran en situación de riesgo financiero. Estará dotado con 113 millones de euros, de los que la mayoría, 78,3 millones, corresponderá al pago de sentencias judiciales firmes.
Según ha explicado, esta nueva medida para facilitar liquidez prevé nueve millones de euros para vencimientos del 2016 por préstamos a largo plazo; 17,9 millones para vencimientos del 2016 por préstamos formalizados con cargo al plan de proveedores; 6,8 millones para el vencimiento de las deudas con el fondo del plan de pago a proveedores que se estén compensando mediante retenciones de la participación en los ingresos del Estado (PIE), 677.000 euros para anualidades de reintegro de liquidaciones negativas de la PIE y 78,3 millones para la ejecución de sentencias firmes.
ESPERAMOS QUE PREVALEZCA EL SENTIDO COMÚN A FAVOR DE LAS PYMES Y LOS AUTÓNOMOS DE ESTE PAÍS
14.12.2016
Hacienda negocia con los autónomos suavizar la prohibición de aplazar el IVA
La decisión del Gobierno de endurecer la concesión de aplazamientos fiscales y fraccionamientos a las empresas cayó como un jarro de agua fría sobre autónomos y pymes, que aseguran sentirse especialmente afectados por esta medida.
Sin embargo, el Ministerio de Hacienda negocia ahora con este colectivo algún tipo de facilidad para que sí puedan concederse aplazamientos en el pago del IVA a los emprendedores, aunque dentro de unas cantidades y un plazo que queda por determinar.
Los autónomos ven buena disposición por parte del Gobierno en este sentido. Pero, de llegar a buen puerto alguna negociación, se aplicará a más largo plazo. Y es que según el Secretario de Estado de Hacienda, las negociaciones que mantiene el Ministerio con el sector no se han cerrado aún. Por eso, el Real Decreto-Ley que veta los aplazamientos se publicará sin cambios, lo que deja de momento a los autónomos sin la posibilidad de que puedan aplicarse aplazamientos.
El decreto de medidas tributarias aprobado el pasado 2 de diciembre por el Gobierno -y que se vota mañana en la Cámara Baja- suprime la excepción normativa que abría la posibilidad de aplazamiento o fraccionamiento de las retenciones e ingresos a cuenta. En concreto, elimina la posibilidad de aplazar o fraccionar los tributos repercutidos y sólo lo permitirá “en el caso de que se justifique debidamente que las cuotas repercutidas no han sido efectivamente pagadas”. Sin embargo quedaba fuera del ámbito del decreto el IVA no cobrado.
Desde el inicio de la crisis y hasta el año 2013 -en que marcaron un máximo- el número de aplazamientos se multiplicó por cuatro. El número de solicitudes pasó de 501.336 a 2,07 millones en seis años. Después, esa cifra se ha ido reduciendo paulatinamente, hasta las 1,67 millones registradas el año pasado, de acuerdo con los datos de que dispone la Agencia Tributaria (AEAT). Al mismo tiempo, el importe de los aplazamientos se disparó más de un doscientos por cien, al pasar de 5.866 millones de euros en 2015 a 17.595 millones en 2012.
La eliminación de la posibilidad de aplazamiento o fraccionamiento de pago de determinadas obligaciones tributarias, como es el caso de la supresión de solicitar aplazamiento en las retenciones o ingresos a cuenta, o en los pagos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades, afectará sin lugar a duda a las empresas de menor dimensión, según Almudena Semur, gerente del Instituto de Estudios Económicos, quien sostiene además que esta medida afectará a las empresas de menor dimensión.
Según sus cálculos, que coinciden con los facilitados por Cepyme, más del 97% de las solicitudes de aplazamiento corresponden a importes inferiores a 18.000 euros. El cambio provocará un problema de tesorería en las empresas, que tendrán que recurrir al banco para resolver el problema de liquidez, en el caso de que éste acepte financiar el pago de la obligación tributaria, apunta Semur.
La patronal de las pequeñas y medianas empresas lamenta que la aplicación generalizada de esta medida afectará particularmente a las empresas de menor dimensión, que son las que mayores dificultades tienen para acceder a la financiación con la que cumplir con sus obligaciones tributarias.
Carácter anticíclico
En Cepyme ponen en valor la tendencia descendente del número e importe de los aplazamientos durante los últimos años y entiende que esto remarca su carácter anticíclico. Además, hacen hincapié en que aplazamientos y fraccionamientos conllevan un coste financiero para quienes los solicitan, por lo que también proponen que las empresas de reducida dimensión queden fuera de esta medida.
El secretario general de la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA), Eduardo Abad, asegura que cuando un autónomo no aplaza el pago del IVA pierde capacidad de tesorería. Por lo tanto, entiende que esta medida va a recaer sobre la línea de flotación del tejido productivo que conforman los trabajadores por cuenta propia, es decir, sobre la liquidez necesaria para que puedan desarrollar su actividad de forma natural.
“El fraude no está ahí. Es una medida meramente recaudatoria. Solo se hace para que la Administración anticipe el cobro del impuesto. Para que la Administración tenga tesorería, se la quita a pymes y autónomos”, lamenta Abad.
El propio Cristóbal Montoro defendió que no tiene sentido que, teniendo la facilidad de crédito, las empresas se financien con la Hacienda de todos. El mismo texto explica que, de lo contrario, el aplazamiento supondría “un mero instrumento de diferimiento del pago de las obligaciones tributarias y de obtención de financiación”.
AVISO A NAVEGANTES, FUERTES SANCIONES A LOS PROPIETARIOS, QUE ALQUILEN SUS VIVIENDAS TURÍSTICAS NO LEGALIZADAS PARA ESTE FIN
14.12.2016
El Govern multiplica por cinco la multa al alquiler turístico ilegal: serán más de 20.000 euros
La reforma presentada ayer autoriza en Balears el alquiler ahora prohibido en edificios plurifamiliares, pero fija requisitos: solo se permitirá en algunas zonas, cada comunidad de vecinos ha de autorizar el uso turístico, los pisos deberán tener más de diez años y no ser de protección oficial, y los propietarios han de comprar las plazas en una bolsa regulada por cada Consell Insular
Ya hay propuesta oficial para regular el alquiler turístico en Balears. Y los cambios son de calado. El Govern reformará la ley para permitir el arrendamiento de pisos a turistas en edificios residenciales plurifamiliares. Así que alquilar el piso del 5ºB a viajeros o el apartamento del 3ºA dejará de ser ilegal. Pero no en cualquier circunstancia. Para empezar, las comunidades de vecinos deberán dar el visto bueno al uso turístico de los pisos del edificio. Si no está permitido de forma expresa en los estatutos de la comunidad, será preciso incorporar una autorización por parte de los propietarios, que tendrán que aprobar por mayoría el arrendamiento a viajeros.
El Govern busca con este requisito evitar problemas de convivencia, aunque es una propuesta más blanda que otras que se han planteado por ejemplo en Eivissa, donde han llegado a plantear que para arrendar a viajeros sea precisa la autorización unánime de la junta de propietarios. Además, según demanda la nueva ley, el comercializador del alquiler ha de encargarse de exigir la marcha en menos de 24 horas del cliente que altere la convivencia.
El Govern quiere además garantizar que la ley se cumple, que suena a normal, pero no lo es tanto: en la actualidad, el alquiler a turistas está prohibido en edificios plurifamiliares, pero se hace de forma masiva gracias a la acción de webs como AirBNB o HomeAway. Cuando la reforma entre en vigor, estas webs y cualquier otro agente comercializador podrán incorporar a su oferta únicamente las viviendas que estén inscritas de forma legal en el registro de Turismo. Si no cumplen, tanto el propietario como las webs se exponen a multas, que además serán más severas, tanto para la empresa comercializadora como para el dueño del inmueble: las sanciones se elevan desde el actual mínimo de 4.001 euros a uno de 20.000 , aunque el importe de la sanción puede ser de hasta 40.000 euros. El Ejecutivo persigue de este modo que los castigos sean ejemplarizantes y disuasorios, con el objetivo final, dicen, de acabar con los “perjuicios” que la oferta ilegal está causando a la ciudadanía”. Entre ellos, el Govern destaca la falta de pisos de alquiler para residentes, así como la fuerte subida de precios detectada tanto en los precios de compra como de arrendamiento. En el Ejecutivo de hecho recalcan que el turismo de alquiler genera riqueza que ha de ser compartida, pero sostienen en los fundamentos de la nueva legislación en marcha que ese reparto del negocio debe ser compatible con el derecho a la vivienda y la sostenibilidad económica, social y ambiental.
Zonas sin alquiler turístico
Y hay más. En cuanto el Govern saque adelante su reforma, cuya aprobación está prevista para antes del próximo verano, solo estará autorizado alquilar a turistas viviendas que cuenten con cédula de habitabilidad, poniendo así coto a los alquileres detectados en construcciones ilegales o incluso casas fuera de la ley en suelo rústico. Los turistas tampoco podrán alojarse en todas partes: el Govern deja en manos de los Consells Insulares y del Ayuntamiento de Palma la definición de las zonas en las que se autoriza el alquiler turístico y las que se dejan solo y exclusivamente para uso residencial.
Esta modificación está diseñada a medida de Eivissa, donde la saturación turística vivida en los últimos veranos y las dificultades de los residentes para encontrar vivienda han movilizado a una sociedad que mayoritariamente se opone al alquiler turístico generalizado, rechazo que en la última temporada también empezó a percibirse en Palma. Con la reforma, los Consells Insulars y el Ayuntamiento de Palma podrán determinar qué densidad máxima de población admiten en cada territorio, y tendrán la capacidad de limitar el número de plazas turísticas en cada zona, llegando incluso al extremo de poder prohibir el alquiler turístico donde determinen. De hecho, según recoge la reforma del Govern sólo estará permitido alquilar a turistas en la zonas definidas para ello por los Consells y el Ayuntamiento. El proceso de “zonificación” iniciado ahora por el Govern traslada la batalla por el reparto del pastel turístico a las administraciones locales, que tienen en sus manos herramientas para definir todos los detalles del modelo de turismo.
Entre esas herramientas destaca la posibilidad de definir un nuevo techo de plazas turísticas en cada isla, medida que el Govern defiende para evitar nuevos veranos de saturación como los últimos. “Se ha detectado una enorme presión sobre el territorio, las carreteras, las infraestructuras, el medio ambiente y los recursos, que hace necesario un estudio preciso para cada isla, con el que se fije un techo máximo de plazas turísticas efectivo y real, tanto para los alojamientos turísticos [hoteles y similares], como para las estancias en viviendas residenciales [pisos y casas vacacionales]”, destaca el Govern en la nueva ley, que deja en manos de los Consells la determinación de ese techo de plazas en cada isla.
Y mientras ese nuevo número máximo de alojamientos para turistas ve la luz, seguirá en vigor el existente desde el año 1998. Aunque aquí también hay cambios de calado. El fundamental afecta al propio funcionamiento de la bolsa de plazas a la que hay que recurrir obligatoriamente cada vez que se pone una nueva cama de hotel. A ese sistema, que permite solo incorporar habitaciones cuando se compran en la bolsa y se cierran en otro lugar, se incorporará la oferta de alquiler en edificios plurifamiliares. Con lo que para tener derecho a arrendar a turistas un piso de ocho plazas hay que comprar esas ocho plazas en la bolsa de cada isla. Y pagarlas al precio que marque cada Consell Insular, que en el caso de las camas en edificios plurifamiliares expedirá autorizaciones válidas para cinco años, tras los que habrá que renovar la concesión.
Contra la especulación
El Govern quiere además frenar la especulación con el uso turístico de la vivienda, a la que atribuyen la burbuja inmobiliaria que empieza a observarse en las islas como consecuencia directa del alquiler a viajeros. Para atacarla y controlarla, establecen dos límites nuevos. Primero: no se podrán dedicar a uso turístico viviendas de protección oficial. Y segundo: solo se pueden arrendar pisos y casas con más de diez años de antigüedad, con el objetivo de evitar así inversiones inmobiliarias en zonas residenciales, pero pensadas solo para el alquiler turístico.
Hay igualmente medidas para frenar el intrusismo del alquiler turístico en el negocio hotelero. La más clara es la prohibición de alquiler de pisos por habitaciones. En aparente contradicción con esto, luego el Govern reclama al arrendamiento turístico servicios de calidad más parecidos a los que prestan los hoteles: quien quiera alojar a viajeros en su vivienda deberá por ejemplo tener un servicio de atención telefónica durante las 24 horas del día, así como limpiar antes de cada nueva entrada de huéspedes y responsabilizarse de que el alojamiento tenga enseres básicos y ropa de cama. Para cribar la oferta de peor calidad, solo se permitirá el arrendamiento turístico en edificios adaptados a la normativa de accesibilidad para personas con movilidad reducida. Y los comercializadores de alquiler turístico, como ya hacen los hoteleros, deberán identificar a todos los inquilinos e informar a la policía para cumplir la normativa de seguridad ciudadana.
El recorrido hasta la aprobación de la normativa aún deparará cambios y sorpresas. Ahora el anteproyecto queda abierto a alegaciones. Después pasará al Parlament en enero como proyecto de Ley. Y es previsible que se apruebe, toda vez que en esencia se ciñe a las promesas en materia de alquiler turístico del acuerdo de Govern del PSOE y Més con Podemos. La idea del Govern es que la nueva normativa entre en vigor antes del próximo verano.
SE ACABARON LOS APLAZAMIENTOS, POR LO QUE HABRÁ QUE BUSCAR LA FINANCIACIÓN EN LAS ENTIDADES DE CRÉDITO.
13.12.2016
Los aplazamientos, una especie en peligro de extinción
El fraude fiscal nos perjudica a todos. Lo que no pagan los defraudadores, lo acabamos pagando todos. No sólo hay que luchar contra el fraude por una cuestión de justicia, sino también por razones recaudatorias. Tenemos una situación fiscal complicada para el próximo año, ya que estamos obligados a reducir el déficit desde el 4,6 por ciento de este año hasta el 3,1 por ciento de 2017. Sin embargo, en esta cuestión se están intentando vender como medidas antifraude algunas cosas que no lo son. Esto puede ser contraproducente, porque para recaudar y para luchar contra el fraude no sólo dependemos de poner más medios, y no menos como han hecho los últimos Gobiernos, sino de la conciencia fiscal de los españoles. No podemos poner un inspector de Hacienda detrás de cada español.
El caso más obvio es que el ministro de Hacienda haya conceptuado como medidas antifraude el endurecimiento de los aplazamientos tributarios. Evidentemente, puede haber, y de hecho hay, fraude en la vía recaudatoria. Esto quiere decir que hay defraudadores que sí declaran, pero luego, voluntariamente, no pagan. De hecho, en ocasiones, fabrican sociedades sin bienes, y con administradores ilocalizados e insolventes, para que estas sociedades declaren, pero no ingresen. A menudo, lo que son ingresos e IVA repercutido para una sociedad, son gastos deducibles y devoluciones de IVA para otra. En consecuencia, la Hacienda Pública se ha enfrentado a devoluciones de impuestos que no se han ingresado. No hay apenas diferencia entre estos casos, de tramas de defraudación de IVA por ejemplo, y meter mano en la caja del Estado.
Para ello, en el fraude en fase recaudatoria normalmente se presentan declaraciones manifestando imposibilidad de pago. En ocasiones, lo que hacen estos defraudadores es solicitar aplazamientos, confundiéndose, o intentándolo, con la gran masa de contribuyentes que lo único que tienen es una dificultad transitoria de tesorería. Aunque parezca que prohibir todos los aplazamientos es una forma de cortar por lo sano, del estilo de “muerto el perro se acabó la rabia”, ni siquiera esto es verdad. Aunque se prohibiesen todos los aplazamientos, el fraude en vía recaudatoria no se ve prácticamente afectado, ya que se declara, no se ingresa, y lo único que ocurre es que Hacienda empezará a embargar lo que pueda un poco antes.
Hemos hablado de prohibir todos los aplazamientos; esto no es así, pero se acerca bastante. La mayor parte de los impuestos los ingresan las empresas, y con el Real Decreto Ley 3/2016, desde el 1 de enero, casi todos los impuestos serán inaplazables. Así, el IRPF lo ingresan vía retenciones las empresas. Evidentemente, estas retenciones se han descontado del salario de los trabajadores, por lo que la deuda no debería ser aplazable. Hasta ahora había un régimen muy restrictivo, ahora todas pasan a ser absolutamente inaplazables sin excepciones.
En el caso del IVA, la empresa que repercute, para conseguir que Hacienda estudie su caso, deberá probar que no ha cobrado las cuotas. Evidentemente, le estamos exigiendo a las empresas una prueba de que algo no ha pasado, lo que se suele denominar una prueba diabólica. En algunos supuestos, como ventas en efectivo a consumidores, estamos hablando de una prueba imposible. En otras ocasiones, si el comprador no quiere admitir que la factura está pendiente, el vendedor no habrá cobrado, pero tendrá que ingresar, con un recargo del 20 por ciento por haber intentado aplazar la deuda con Hacienda. En España padecemos un elevado nivel de litigiosidad, y sobre todo un nivel elevado de morosidad, o si lo prefieren elevados plazos de pago, tanto de algunas grandes empresas como de las Administraciones Públicas. Además, como todos sabemos, el proyecto de IVA de caja, de pagar el IVA cuando se ingrese, ha sido un absoluto fracaso. En estas condiciones, hacer prácticamente inaplazable el IVA, y de paso los impuestos especiales, no parece una buena idea.
Por si esto fuera poco, los pagos fraccionados, que son un 90 por ciento de los ingresos del Impuesto de Sociedades, también serán inaplazables. A esto tampoco se le encuentra ninguna justificación, más allá del crecimiento de solicitudes de aplazamiento en el último pago fraccionado. Obviamente, todas las empresas que facturan más de diez millones de euros vieron incrementado sustancialmente el pago fraccionado del pasado mes de octubre. El plazo terminaba el 20 de octubre, y las empresas pudieron conocer que estaban afectadas, tres horas antes de que comenzase el plazo, a las 21 horas del 30 de septiembre. Si estas empresas hubiesen tenido algo más de tiempo, muchas de ellas hubiesen podido acceder a la financiación bancaria, que habitualmente es más barata que el 3,75 por ciento que hay que pagar en el caso de los aplazamientos. La imprevisión del Gobierno ya la pagaron las empresas con una financiación más cara; no es una buena idea que, además en estas deudas, el aplazamiento sea imposible legalmente.
En fin, casi todas las deudas tributarias han pasado a ser inaplazables. De hecho, las solicitudes deben ser inadmitidas de plano, lo que significa que los técnicos e inspectores del área de recaudación pierden la competencia de apreciar, en estos supuestos, la situación de tesorería de la empresa, para poder conceder un aplazamiento. De hecho, aún así, lo tendrán que hacer, si la empresa no tiene tesorería puntualmente, pero quiere y puede pagar. Eso sí, lo harán en vía ejecutiva, habiendo incrementado la deuda en un 20 por ciento tras la correspondiente providencia de apremio.
Esta nueva normativa no va a reducir el fraude; e incluso, puede incrementarlo, porque algunos contribuyentes, ante este panorama, pasen de declarar y solicitar aplazamiento, a simplemente no declarar. Lo que sí va a traer este Real Decreto Ley 3/2016, que convierte a los aplazamientos en una especie en peligro de extinción, es nuevas dificultades financieras para las pymes y los autónomos. Con la pretensión de hacer algo más de caja a corto plazo, y no será mucha, el Gobierno está complicando las cosas a buena parte del tejido productivo. No sólo no es una medida antifraude, sino una regulación injusta, y sobre todo un error de política económica.
Por Francisco de la Torre Díaz. Inspector de Hacienda. Diputado de Ciudadanos y presidente de la Comisión de Presupuestos del Congreso.
LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS Y EL AUMENTO DEL CONTROL FISCAL, HACE CADA DIA QUE SEAN MAS ESPAÑOLES EN REALIZAR PAGOS MEDIANTE TARJETAS DE CRÉDITO. POR LO QUE CADA DÍA PERDEMOS MÁS INTIMIDAD, TODO QUEDA REGISTRADO Y CONTROLADO.
PERSONALMENTE PIENSO QUE HAY QUE PONER LÍMITES A ESTA TENDENCIA POR LA QUE PERDEMOS PRIVACIDAD EN NUESTRA VIDA COTIDIANA.
12.12.2016
¿Nos quedaremos sin dinero (en metálico)?
Aunque técnicamente es posible prescindir del efectivo, España aún mantiene bajos porcentajes de pago electrónico
Jesús Miguel Ramos es propietario del restaurante La Cabaña en Alcobendas. Según cuenta, más o menos el 55% de su facturación le llega en efectivo, en billetes y monedas contantes y sonantes. El resto de sus ingresos no pasa por sus manos, no se ve, es dinero electrónico, pagos con tarjetas o cheques-restaurante. Le va bien así, dice, porque con el efectivo que maneja diariamente suele hacer los pagos diarios a proveedores, mientras que paga las nóminas, el alquiler y otras facturas con lo que ingresa en el banco. Se puede decir que Jesús va por delante de la media. En España, según Ovidio Egido, director general de Mastercard, el 70% del consumo privado aún se paga en metálico. Solo el 30% se abona mediante alguno de los cada vez más variados medios de pago electrónico. En los países nórdicos estos porcentajes se invierten e incluso se quedan cortos: en Dinamarca o Suecia el uso de billetes y monedas es casi anecdótico.
Los expertos consultados coinciden: el efectivo es sucio, engorroso y caro de gestionar -según Egido, el coste de manejarlo, imprimirlo, transportarlo y asegurarlo puede llegar al 1,5% del PIB mundial. En cambio, el dinero electrónico es seguro, cómodo, rápido y, sobre todo, trazable, es decir, deja huella y esa huella se puede seguir, por lo que dificulta enormemente el fraude y la economía sumergida, uno de los grandes problemas de la economía española. “El mayor coste del dinero en efectivo para la sociedad es que facilita el funcionamiento de la economía sumergida”, afirma Javier Alonso, recién nombrado número dos del banco de España.
Entonces, ¿por qué ese apego español al monedero? Jesús Fernández-Villaverde, profesor de la Universidad de Pennsylvania, lo tiene claro. “Fraude fiscal. Tenemos una economía sumergida más grande que otros países de nuestro entorno”, responde por correo electrónico, dejando en un segundo escalón cierta aversión o retraso tecnológico. Emilio Vizuete, profesor de la Universidad de Barcelona, también menciona cierta “picaresca”, pero apunta sobre todo a una cuestión ”cultural” y a una “incultura financiera” que aún se arrastra del pasado inmediato. Santiago Fernández de Lis, Economista jefe de sistemas financieros y regulación de BBVA, también relaciona la querencia española por el efectivo con la economía sumergida. El Informe sobre tendencias en medios de pago 2016 de Tecnocom y AFI menciona otras razones: los que se resisten al uso de tarjetas u otros medios electrónicos lo hacen por las “tasas y comisiones asociadas” y por la “dificultad para controlar el gasto”.
Crecen los pagos electrónicos
Pese a todo esto, incluso en España el uso de dinero electrónico va aumentando y se acerca a los niveles del metálico. Por ejemplo, en el primer trimestre de este año, por vez primera los españoles pagaron con tarjetas más dinero(27.816 millones de euros) del que sacaron de los cajeros (26.603 millones), según el Banco de España. Este será el primer año en que se dé ese fenómeno. “Se está produciendo un doble movimiento: por un lado, más aceptación —más TPVs en tiendas— y mayor acceso a tarjetas”, explica Antonio Macías, director de Negocio de Tarjetas de BBVA.
¿Nos dirigimos a un país sin billetes y monedas? Javier Alonso tiene claro que no, por la función del dinero “como depósito de valor, algo que se aprecia en momentos de crisis” y “porque es la solución de emergencia cuando no hay luz”. No obstante, sí admite que las nuevas tecnologías “contribuirán a una reducción del uso de efectivo”, opinión que comparte Macías. Carmen Alonso, directora general de Visa España, opina que el efectivo “tendrá cada vez menos peso, aunque yo no veré su desaparición”. Para Fernández de Lis, “incluso en las propuestas más ambiciosas, los billetes de baja denominación tendrían que seguir existiendo”. Vizuete está convencido de que a medio plazo desaparecerá, igual que Antonio Argandoña, profesor de IESE, que lo supedita a que exista un sistema “absolutamente seguro, rápido, cómodo y al alcance de todo el mundo”.
Pero sí admiten todos que técnicamente sería posible prescindir del cash. “En los próximos cinco años viviremos más innovaciones que en los últimos 50”, afirma Egido. “El porcentaje de población bancarizada es altísimo”, señala Macías. El parque de tarjetas bancarias en España alcanza casi 70 millones, según el Banco de España cada vez más con tecnología contact less -sin contacto- que permiten pagar con un simple gesto, los servicios de pago por móvil -Bizum, Apple Pay, Samsung Pay y otros- empiezan a ponerse en marcha… En cuanto a la seguridad, Macías asegura que, aunque no se puede eliminar el riesgo al 100%, “las áreas de seguridad de los bancos son de lo más potente”.
Si acaso, hacen falta pequeños empujones, algunos en el ámbito legislativo. Como la rebaja a 1.000 euros del pago máximo en efectivo, anunciada por el Gobierno el pasado 2 de diciembre. Carmen Alonso cita medidas legislativas o administrativas para que el transporte público o los pequeños trámites burocráticos puedan pagarse electrónicamente. Egido aboga por “inculcar a los comercios y a los consumidores los beneficios asociados a estos métodos de pago y los costes del efectivo”. Vizuete, por su parte, apunta a los bancos, al apostar por una rebaja de las comisiones que las entidades cobran a los comerciantes por cada compra con tarjeta. Ramos, el dueño del restaurante, le toma la palabra: “Si lo hicieran, ninguna empresa se complicaría en manejar cambio”.
“ESPAÑA CON HORARIO LABORAL EUROPEO, QUÉ OCURRE CON LOS TRABAJADORES DE HOSTELERÍA Y COMERCIO”
HABRÁ QUE FAVORECER EL CRECIMIENTO INDUSTRIAL Y DEL SECTOR PRIMARIO PARA QUE SEA POSIBLE.
9.12.2016
Báñez buscará un pacto para acabar la jornada laboral a las seis de la tarde
La ministra de Empleo propone “estudiar las posibilidades que tendría el cambio de uso horario”
La ministra de Empleo, Fátima Báñez, propuso este lunes en el Congreso un pacto político y social para que la jornada laboral acabe a las seis de la tarde. Lo hizo sin dar muchos detalles en su comparecencia ante la Comisión de Empleo del Congreso. Al salir, ante la prensa, dio un paso más: “Alguno tiene que dar el primer paso y por eso pido el compromiso de las empresas más grandes y de las asociaciones empresariales y sindicales”.
En sus últimas comparecencias públicas, la ministra de Empleo, Fátima Báñez, se esfuerza por dar la sensación de que España ha entrado en otra fase de la recuperación, pese a que hay 4,3 millones personas sin trabajo y una tasa de paro del 19%. Su argumento viene a decir que ya se crea a buen ritmo —la afiliación ha crecido al 3,24% en el último año— y que ahora sí toca el turno del empleo de calidad.
Dentro de ese concepto —“calidad”— entrarían, entre otras cualidades, la estabilidad (la temporalidad en España es de las más altas en la Unión Europea), “mejores salarios” (tras varios años de devaluación salarial) y la conciliación de la vida personal y laboral. Y para esto último Báñez ha aprovechado su estreno ante la Comisión de Empleo del Congreso esta legislatura para proponer un “un pacto nacional por la conciliación y la racionalización de los horarios”. Como punto de partida para esas negociaciones puso varias propuestas sobre la mesa, pero la más llamativa de todas es una que ya contemplaba el programa electoral del PP para las elecciones del pasado 26 de junio: impulsar el fin de la jornada laboral a las seis de la tarde. En la propuesta también se incluye la posibilidad de estudiar el cambio de huso horario en España.
Báñez habló de un “pacto con representantes de empresas y trabajadores”, o lo que es lo mismo, sindicatos y patronales. Esto no es baladí ya que en España el Estatuto de los Trabajadores recoge que el cómputo de la jornada se realiza en términos anuales y deja su distribución al ámbito de la negociación colectiva. No obstante, sí que marca una serie de límites, como el máximo de horas a realizar por semana (40 horas), aunque también permite una distribución irregular de las mismas. Es decir, se pueden trabajar más de 40 horas una semana si se compensa en otro trabajando menos. En este contexto, parece evidente que, sin el concurso de los agentes sociales, una iniciativa de este calado está destinada al fracaso.
La responsable de Empleo no dio muchos más detalles en su comparecencia parlamentaria. Solo en la réplica al portavoz de Esquerra Republicana de Catalunya, Jordi Salvador, que le preguntó si la propuesta era compatible con la libertad de horarios, afirmó que debería “haber más turnos de trabajos, porque supondría más empleo”.
Fue un poco más allá ante la prensa, al salir de la comparecencia. Ahí pidió el compromiso con la propuesta de las grandes empresas y de los agentes sociales. También reconoció que es una cuestión de voluntad política que requiere la implicación de partidos, sindicatos y patronales y que la Administración tiene que dar ejemplo. Otro punto que admitió la titular de Empleo fue que las pymes, un colectivo muy grande en España, tendrá más dificultades. “Las empresas de determinados sectores y las más pequeñas tendrán que ir arbitrando modelos para hacerlo posible”, zanjó.
Bolsa de horas
Junto al adelanto del fin de la jornada laboral, Báñez enunció otras líneas básicas sobre las que puede ahondarse en ese pacto: “Bolsas de horas” —una expresión que recuerda a la negociación colectiva en el sector de automóvil— para gestionar los asuntos propios de los trabajadores, “mecanismos de flexibilización de la jornada” y “la implementación de fórmulas de teletrabajo”, entre otras.
Algunas de estas propuestas no solo aparecen el programa electoral de PP, también figuraban en el pacto que los populares firmaron con Ciudadanos el pasado verano para que el segundo partido votara a favor de la investidura de Mariano Rajoy como presidente del Gobierno. Entre ellas también está la ampliación a “cuatro semanas del permiso por paternidad”.
Ya después de la comparecencia, el portavoz socialista en la comisión, Rafael Simancas, lamentaba que ante “los problemas del mercado laboral”, en referencia a la precariedad, la vida media de los contratos temporales o el desempleo mismo, la ministra hubiera fijado su prioridad en esta “boutade”. “No está mal que se hable de conciliación”, aclaró Simancas, aunque él prefería poner su atención en temas como la precariedad.
EL AUTÓNOMO EL GRAN PERJUDICADO DE ESTE PAÍS
7.12.2016
El alza de costes al autónomo abre una grieta en el pacto PP-Ciudadanos
Al pacto de investidura sellado por el PP y Ciudadanos se le ha abierto una primera grieta a cuenta de los autónomos. El aumento de costes que va a suponer para este colectivo la puesta en marcha del Real Decreto de Medidas tributarias y de la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) aprobados por el Gobierno el pasado 2 de diciembre, ha provocado una mezcla de enfado y resignación entre los socios de la formación naranja, que habían convertido a los trabajadores por cuenta propia en eje fundamental de su programa.
El enfado responde a que el PP se comprometió con el partido de Rivera a mejorar el entramado legislativo con el que hoy por hoy cuenta los más de tres millones de autónomos españoles. Y la resignación, según explican fuentes del partido, a que “poco o nada podíamos hacer” teniendo en cuenta que el PSOE dará su apoyo al Gobierno en el Decreto de subidas de impuestos y del SMI, que el Congreso votará el próximo jueves.
De esa forma, los de Rivera han optado por una solución salomónica: dirán sí al techo de gasto, que también se vota el jueves, al entender que el PP “ha cumplido con C’s al no subir IRPF e IVA y no recortar en Sanidad o Educación”, pero se abstendrán en el citado Decreto, que se aprobará al margen y que ya está en vigor desde hace más de una semana.
“Tenderemos a ser positivos y aprovecharemos la tramitación de la Ley de Autónomos que nosotros mismos introdujimos en el Parlamento para intentar corregir, mediante enmiendas, lo que a nuestro juicio es equivocado”, señalan las mismas fuentes. Éstas recuerdan que gracias a C’s el Congreso está debatiendo ahora la extensión a un año de la tarifa plana de 50 euros para emprendedores o una mayor gradualidad en las multas que pagan los trabajadores por cuenta propia cuando se retrasan en el pago de impuestos.
En cualquier caso, desde el partido de Rivera aseguran que “de ninguna de las maneras” se oponen a una subida del SMI. “En lo que nos centramos son en las consecuencias, que pueden ser especialmente negativas tal y como han especificado los colectivos de autónomos”, añaden esas fuentes, que aprovechan el momento para pedir “mesura” a los agentes sociales en las futuras subidas de salarios. “España y su mercado laboral no están para grandes fiestas”, concluyen.
Desde la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos-ATA insisten en que si bien el alza del SMI es necesaria, debería haberse aprobado con más margen de tiempo y no cambiando las reglas de juego a un mes vista y sin previo aviso. El problema está en que con esta subida los autónomos que contraten asalariados verán incrementados sus costes salariales en 1.000 euros por empleo el próximo año.
Al mismo tiempo, el aumento del 8% en el SMI elevará la base mínima de cotización al Régimen General en el mismo porcentaje y, con ello, también elevará la base mínima de los autónomos societarios y de los que tengan 10 o más trabajadores (que utilizan esta referencia para sus propias bases mínimas). Éstas se elevarán hasta los 1.153 euros, es decir 300 euros más al año.
“ATA está muy preocupada con esta subida que supone una nueva estocada para el millón de autónomos societarios del país”, afirma el presidente de la Federación, Lorenzo Amor, en un comunicado. El alza se suma a la de 2014, cuando las bases mínimas de este colectivo aumentaron también en unos 300 euros anuales. “En tres años, los autónomos societarios han tenido que asumir nada menos que 600 euros de incremento en sus bases mínimas”, lamentó.
El IVA y los pagos en efectivo
Sin embargo, los trabajadores por cuenta propia no solo se verán afectados directamente por la subida del SMI, puesto que hay otras dos medidas que pueden tener un impacto negativo en sus negocios. Eduardo Abad, secretario general de la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA), se refiere en concreto al control más exhaustivo del IVA y a la limitación del pago en efectivo a 1.000 euros.
Lo más controvertido para los autónomos sujetos a IVA es que a partir de 2017 tendrán que hacer la declaración mensual de este tributo, en vez de trimestral, y no van a poder aplazar los pagos, como sí se les permitía hasta ahora. Esto, en la práctica, supone contar con menos efectivo para circulante, con menos recursos para el propio funcionamiento del negocio.
En lo que respecta a la limitación de pagos en efectivo –hasta ahora fijada en 2.500 euros– va a implicar un encarecimiento en el entorno del 3% de operaciones básicas para los autónomos, como la adquisición de mercancías. El motivo es que todas ellas van a estar sujetas a comisiones y gastos bancarios una vez que los pagos pasen a hacerse vía transferencia o por tarjeta de crédito.
HACIENDA PUBLICARÁ LA LISTA DE MOROSOS,DIRECTIVOS INCLUIDOS.
YA VA SIENDO HORA QUE HACIENDA SE CENTRE EN EL FOCO DEL FRAUDE FISCAL Y NO EN LOS PEQUEÑOS EMPRESARIOS Y AUTÓNOMOS.
5.12.2016
El Gobierno cree que pagará un 7% menos por los intereses de deuda
El Gobierno eligió la noche de este viernes para remitir a Bruselas las medidas de ajuste con las que piensa encauzar el déficit público, que en ningún caso debe superar el 3,1%. Lo hizo a través del plan presupuestario, un documento de 50 páginas en las que dejó testimonio de subidas de impuestos y reducciones de gasto. En este sentido, sorprendió que Moncloa piense gastar 2.300 millones de euros menos en la partida de intereses de la deuda, en un momento en el que el precio del petróleo y la inflación han comenzado a subir y cuando el pasivo, lejos de bajar, se ha incrementado hasta los 1,1 billones.
Hasta última hora este periódico intentó saber si ese ahorro del 7% en la partida de intereses se iba a producir sobre los 33.490 millones que se presupuestaron para este año; o por el contrario esa cifra parte de los 31.500 millones que finalmente se habrán gastado una vez concluya 2016, toda vez que el ministro de Economía, Luis de Guindos, ya anunció que este año los bajos intereses de la deuda iban a provocar “un ahorro de unos 2.000 millones de euros”. La tardanza a la hora de remitir a los medios el plan hizo imposible conocer al detalle a cuanto ascenderá la cantidad que finalmente se dedique a sufragar el enorme volumen de pasivo de nuestras Administraciones.
La de intereses es la segunda partida más voluminosa de los Presupuestos del Estado por detrás de la de pensiones, que se ha llevado en los últimos años más de 130.000 millones de euros. Su reducción se sumaría a otro recorte de gasto importante: los 900 millones que Moncloa dice poder ahorrar a través de nuevas medidas de la Comisión para la Reordenación del Sector Público, la famosa CORA. En cualquier caso, el recorte de gasto no alcanzará ni por asomo los 7.505 millones de subidas de impuestos.
Las grandes empresas serán las que se responsabilicen del grueso de ese ajuste, en tanto que solo a través del impuesto sobre Sociedades el Ejecutivo confía en recabar 4.655 millones de euros adicionales en 2017, esto es, el 62% del ahorro total.
Los nuevos incrementos anunciados en los Impuestos Especiales y Medioambientales -con el alza prevista en el alcohol y el tabaco, entre otras medidas- servirán para recabar 850 millones de euros. En torno a 300 millones de euros más se ingresarán por la vía de las cotizaciones sociales.
Por otra parte, el Ejecutivo de Mariano Rajoy confía en que las medidas de mejora en la aplicación de los tributos, que afectan a la regulación de los aplazamientos puedan incrementar la recaudación en otros 1.500 millones; y que las de lucha contra el fraude, tales como la regulación más estricta del IVA o la limitación del pago en efectivo a 1.000 euros, añadan 500 millones de euros más a las Arcas Públicas el año que viene.
La mayor parte de estas medidas fueron aprobadas de forma urgente (vía Real Decreto) el pasado 2 de diciembre y entraron ya en vigor el día siguiente. El resto, fundamentalmente el nuevo impuesto sobre bebidas azucaradas y carbonatadas, la reforma de la fiscalidad medioambiental y medidas adicionales de lucha contra el fraude, se incluirán en un proyecto de Ley de medidas en materia tributaria y de lucha contra el fraude fiscal que sí será enviado al Congreso para su negociación con el resto de grupos.